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El Seguro: Un salto en la evolución del los negocios

Podemos definir a un seguro como un contrato entre dos partes. Una de las partes, llamada generalmente asegurador, se obliga a reparar las consecuencias de una daño o cumplir con determinada obligación, en el caso que ocurra determinado hecho. Este hecho puede ser un accidente o un incendio, pero también puede ser la muerte o la supervivencia de una persona. La otra parte del contrato es llamada generalmente asegurado, y es quien contrata la póliza. Es de destacar que, el asegurado no es necesariamente quien ser verá beneficiado por el contrato. No son pocos los seguros que se contratan para beneficiar a  un tercero, el seguro de vida es un ejemplo de ello.

El contrato de seguro se hace sobre cualquier cosa que el asegurador esté dispuesto a asegurar y el asegurado a pagar. Para el asegurador pueden existir límites expresos dispuestos por alguna ley, pero aparte de eso no existen límites.

Podemos agrupar los riesgos generalmente cubiertos por el contrato de seguro en los siguientes grupos:

  • Provocados por incendios
  • Pérdidas por cosechas
  • Supervivencia de una o mas personas
  • Provocados por accidentes en alta mar
  • Provocados por medios de transportes de tierra o aire.

 

Existen distintas modalidades en las que una compañía  de seguros puede organizarse, dependiendo del país donde se ubique. Por lo general, pueden tomar la forma de algún tipo societario previsto en la legislación del país en que se encuentren, cuando se trate de sociedades privadas. También está el caso de que la compañía de seguros se constituya bajo la forma de cooperativa, esta forma es muy difundida en el mundo y tiene gran aceptación.

Muchos países, tienen una entidad aseguradora que se nutre de capitales públicos. Este tipo de organización es cobra fundamental trascendencia cuando el Estado toma la decisión de intervenir en el ámbito de los seguros. El Estado, puede tomar la decisión de brindar un servicio de seguro que no se encuentre en el mercado, por ejemplo, con la finalidad de apoyar algún sector de la economía que así lo requiera. Con esto el Estado, puede pretender revitalizar algún sector productivo que se encuentre desvitalizado por la falta de apoyo de privados.

Un contrato de seguro presenta particularidades que no tiene ningún otro contrato. Entre ellas, está el hecho de ser consensual, bilateral y aleatorio. Decimos que es consensual, porque queda funcional desde que las partes expresan su consentimiento, afectando a dichas partes desde este momento. La bilateralidad, es la propiedad de afectar a ambas puntas del contrato, tanto en derechos como obligaciones. Cuando decimos que es aleatorio, nos referimos a que se basa en un acontecimiento abstracto del cual no se tiene certeza de su ocurrencia.

Existen muchas clasificaciones que agrupan a los seguros en base a distintos caracteres. Uno de ellos es la división en Seguros Privados y Seguros Sociales. Un seguro social, es aquel que busca cubrir a los trabajadores contra ciertos riesgos inherentes a su trabajo. Tales riesgos pueden ser accidentes, enfermedades , invalidez, maternidad o la pérdida de la fuente laboral. Típicamente, estos seguros están regulados por leyes o decretos que los hacen obligatorios o no, al tiempo que los regulan. Por tratarse de seguros previstos en leyes, carecen de póliza, pues no se redacta ningún contrato para su puesta en marcha, más que el propio contrato de trabajo.

Por otro lado, los seguros privados  son los que una persona cualquiera puede tomar para cubrirse del riesgo que crea conveniente, siempre que la aseguradora lo adhiera, por supuesto. Estos son los típicos contratos de seguro en los que existe una póliza y un precio.

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